La consulta previa en la certificación ambiental y los proyectos extractivos


La consulta previa en la certificación ambiental y los proyectos extractivos es una obra clave en el análisis de la aplicación del derecho a la consulta previa en la aprobación de los estudios de impacto ambiental y sus modificatorias, así como en el otorgamiento de concesiones en los sectores: minero, petrolero, gasífero, eléctrico, forestal y fauna silvestre, y de transporte y comunicaciones. La consulta previa en estos casos, hace posible un diálogo intercultural durante los momentos más importantes del ciclo económico de una actividad extractiva como son el otorgamiento de la concesión, la aprobación del estudio de impacto ambiental y sus modificatorias así como en el cierre de la actividad económica para efectos de garantizar la efectividad de las medidas de remediación ambiental de sitios impactados o pasivos ambientales.

La existencia de la consulta previa como un derecho colectivo simboliza primero un reconocimiento de la existencia de “otra sociedad” diferente a la sociedad occidental cuyo pensamiento forjó el Estado Nación del Perú, y segundo nos abre los ojos a una cosmovisión del mundo distinta y cuyo vínculo espiritual y cultural con la naturaleza define su identidad étnica y cultural e incluso la propia subsistencia física de estas población originarias. Sin duda, la consulta previa nos permite darnos la oportunidad de entender al “otro” (el indígena), ser inclusivos como población general que creció bajo paradigmas occidentales, derivados de la colonización, con “los otros”, los originarios, que mantuvieron sus paradigmas culturales, para efectos de que podamos dialogar, evitando así que sean marginados de las políticas públicas, mediante el igualamiento y la exclusión, aprendiendo adoptar con ellos decisiones desde los acuerdos interculturales y el consentimiento libre e informado del “otro”, teniendo en consideración que la medida administrativa o legislativa impactara sobre su ambiente y territorio ancestral en muchos casos por largas décadas o en otros de manera indeterminada.

El libro realiza un análisis histórico, teórico, exegético y operativo de la Ley de Consulta Previa y su reglamento para poder comprender cómo surge y se aplica la consulta previa como un derecho colectivo irrenunciable de las poblaciones originarias, advirtiendo en el proceso sus principales limitaciones y deficiencias. Posteriormente, analiza la jurisprudencia expedida por el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional sobre la consulta previa y las graves consecuencias de omitir este derecho colectivo en los actos del gobierno (nulidad).

La obra compila en sus anexos, toda la legislación nacional e internacional sobre la consulta previa como son: la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) y su reglamento. Además añade para la reflexión la famosa jurisprudencia colombiana sobre la consulta popular aplicable a la población general impactada en proyectos extractivos, Sentencia T-445/1, que  con motivo de los conflictos socio ambientales en el Perú y Sudamérica está siendo estudiada con atención.

Créditos: Henry Carhuatocto, presidente del Insituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenibledel IDLADS